Caso judicial Sentencia del TJCE: Un hito para la competencia leal en el mercado de recambios de automoción

Bruselas, 20 de octubre de 2023. FIGIEFA acoge con satisfacción la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el caso CarGlass/ATU contra Fiat Chrysler Automobiles (FCA) como un salto significativo hacia el fomento de la competencia leal en el sector de la posventa de automoción, lo que en última instancia beneficiará a los consumidores europeos.

 

El TJCE dictaminó que los fabricantes de vehículos no pueden imponer condiciones a los operadores independientes que no estén especificadas en el reglamento de homologación de tipo. CarGlass/ATU se había quejado de que FCA equipaba los vehículos con las llamadas "pasarelas seguras".

Estas "pasarelas seguras" se caracterizan por exigir a los talleres independientes y autorizados que

  1. registrarse previamente en la FCA
  2. iniciar sesión utilizando datos de conexión personales en un portal designado por la FCA,
  3. adquirir una suscripción de pago para el uso de herramientas de diagnóstico multimarca
  4. conectarse a dicho servidor para realizar operaciones de escritura, borrar códigos de error, efectuar recalibraciones y activar piezas del vehículo.

 

El TJUE juzgó que estos requisitos eran ilegales, ya que no se identifican como condiciones válidas de acceso en el Reglamento UE 2018/ 858 y, por lo tanto, restringirían el derecho legal y la capacidad de los operadores independientes para realizar reparaciones.
A medida que los vehículos integran características cada vez más sofisticadas, como ADAS, la capacidad de activar y calibrar dichos sistemas son esenciales y los derechos de los reparadores independientes para hacerlo deben ser protegidos.

Esta decisión trascendental se hace eco del compromiso inquebrantable de la FIGIEFA de establecer unas condiciones equitativas y garantizar un acceso a la información de diagnóstico, reparación y mantenimiento (RMI) y a los datos de los vehículos. Estos principios son fundamentales para mantener la competitividad de los servicios posventa que atienden a los 280 millones de vehículos que poseen los consumidores y las empresas de toda Europa.

Esta sentencia es resolutiva: los fabricantes de vehículos están vinculados por las limitaciones específicamente previstas en el Reglamento de homologación de tipo 2018/858 en relación con el acceso al DAB y a la información de reparación y mantenimiento. Los operadores independientes deben tener acceso al "flujo completo de datos de diagnóstico" a través del puerto OBD, que abarca la lectura y escritura de datos durante la parada y la lectura de datos cuando el vehículo está en movimiento.

Otro aspecto clave de la sentencia del TJUE es el reconocimiento de que el cumplimiento del Reglamento R155 de la CEPE sobre ciberseguridad (ahora con referencias cruzadas en el Reglamento general de seguridad 2019/2144 de la UE) no exime a los fabricantes de vehículos de sus obligaciones de RMI en virtud de la legislación. El Tribunal dictaminó que imponer una pasarela segura con condiciones que obstruyan los derechos de acceso de los operadores legítimos está prohibido.

FIGIEFA ha abogado constantemente por la ciberseguridad en los vehículos, apoyando medidas de protección prácticas y proporcionadas. La creación del SERMI es un testimonio del compromiso constructivo de la FIGIEFA y de los operadores independientes del mercado posventa, junto con los fabricantes de vehículos, para abordar las preocupaciones críticas de seguridad relacionadas con el acceso a la RMI relacionada con la seguridad (antirrobo).

 

La sentencia del TJCE aborda una faceta crucial de la competencia leal en el mercado posventa de la automoción.  Por lo tanto, FIGIEFA insta a la Comisión a que finalice el marco jurídico y acelere su propuesta sobre la legislación de datos específica del sector, que debería incluir requisitos específicos para mantener la accesibilidad a los datos y funciones del puerto DAB. Esta propuesta debe lograr un equilibrio que permita a los fabricantes salvaguardar las funciones del vehículo críticas para la seguridad, al tiempo que garantiza un acceso efectivo para los operadores legítimos.

Es importante señalar que el asunto del TJCE se refiere exclusivamente a los casos de uso de reparación y mantenimiento. La legislación sectorial debe ampliar este ámbito para fomentar la innovación y el desarrollo de servicios en todo el panorama de la movilidad y los servicios de automoción. Aprovechar las oportunidades que ofrece la transición digital y ecológica exige que todos los participantes en el mercado tengan un acceso justo y seguro a los datos, funciones y recursos de los vehículos en virtud de la legislación propuesta.